La Escuela de Abogados del Estado continuo este martes 10 se septiembre con su ciclo de conferencias gratuitas en los que participaron inscriptos de todo el país a través de las cuentas oficiales de Zoom y YouTube.
En esta ocasión expusieron Carlos Toselli, doctor en Derecho Laboral; Aníbal Paz, magister en Derecho Laboral y Carolina Fathala Trossero, juez de Cámara Laboral.
Como es habitual la presentación de los disertantes estuvo a cargo de la directora de la Escuela de Abogados del Estado, Mariana Boschetto, quien se ocupó también de moderar las intervenciones.
Los conferencistas tienen una amplia experiencia en el fuero laboral que incluye la docencia y la presentación de ponencias y ensayos en congresos de la especialidad.
La apertura de la conferencia corrió por cuenta de María Carolina Adela Fathala Trossero , magister en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales , docente de grado y de post grado en tres universidades y vocal de la Sala Tercera del Trabajo de la Cámara Única del Trabajo de Córdoba.
Fathala Trossero examinó los cambios que se introdujeron en algunos de los artículos de la Ley de Contrato de Trabajo, se refirió a la técnica legislativa empleada, las objeciones formuladas por algunos especialistas y dijo que en su condición de jueza intentaría ser equidistante.
A continuación Carlos Toselli procuró dar respuesta a dos interrogantes claves: ¿Se puede cuestionar la validez de un despido discriminatorio? Y ¿Es posible que se aplique retroactivamente la ley 27742 y se eliminen las multas en juicios en trámite?.
Entre otras cuestiones el jurista le dedicó un tiempo importante de su exposición al tema de los contratos no extinguidos, pero con intimación efectuada antes o después del 9 de julio, fecha de la promulgación de la nueva norma
Aseguró que “esa cuestión va a ser discutida en doctrina y jurisprudencia y puntualizó que el tema más controvertido es” si hablamos de una multa o de un agravamiento indemnizatorio”.
El cierre estuvo a cargo de Aníbal Paz quien ofreció precisiones sobre las características del Fondo de Cese Laboral y ofreció ejemplos de cómo se configura la injuria laboral conforme al nuevo art. 242de la LCT 20744.
Según el especialista , los dos temas que le tocó desarrollar, la injuria laboral y el fondo de cese laboral. han merecido críticas y debate
Se refirió en particular al artículo 242 y admitió que “muchos dicen que afecta al derecho a la huelga y otros la defienden al manifestar que el derecho de huelga tiene que ser reglamentado”.
Paz vertebró el resto de la conferencia en torno de la tensión dialéctica que genera esa discusión.
Si querés ver toda la conferencia mírala en nuestro canal de YouTube
Agradecemos la participación de todos los asistentes.
Mariana Boschetto, Directora de la Escuela de Abogados del Estado.
NOTA DE PRENSA
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